sábado, 4 de agosto de 2012

Si no hay castigo, no hay justicia

Los permisos para que los presos tengan salidas transitorias 


Por Diana Cohen Agrest  | Para LA NACION



Desde siempre, las sociedades humanas presentan constantes naturales: todas reprueban social y penalmente el quebrantamiento de las normas. Desertor de los valores que sostienen el entramado social, el delincuente es aquel que transgrede la ley positiva históricamente situada. De allí que salvo condiciones excepcionales -guerras y revoluciones-, la protección ante la delincuencia es la intervención de la ley positiva en una dimensión moral que se puede calificar de universal: no provocar el sufrimiento del otro.
Dicha interdicción se instauró tras el reconocimiento de que el delito es consustancial a la condición humana: no es por azar que el relato del Génesis, tras narrar la expulsión del Paraíso, prosiga con el crimen inaugural de Caín perpetrado contra su hermano Abel. Según la narración bíblica, un Dios omnipotente castigó al victimario con una marca en su frente, estigma que lo preservaría del castigo humano y que acompañaría el derrotero existencial de Caín.
Antes de la celebración del hipotético pacto que fundó la sociedad civil, los particulares vengaban por su propia mano la afrenta sufrida: el hombre se cobraba el mal perpetrado por otro hombre. Con el devenir de la historia, esa oportunidad le fue arrebatada a la víctima y fue delegada en los poderes públicos -eclesiásticos y luego civiles-. Manos humanas que, en la Argentina que nos duele, las más de las veces son ajenas al dolor de la pérdida e indiferentes a la escisión definitiva e irreparable instaurada por la muerte de quien amamos.
En una interpretación disparatada de la Constitución Nacional, hoy asistimos a la propuesta (sin duda, innovadora en el mundo, también en esto somos "los primeros") de que los presos gocen de salidas transitorias "culturales" con el fin de "militar" (paradoja del lenguaje, pues si hay una palabra que carga en el imaginario social con una suerte de pecado de origen es esta expresión hoy sintomáticamente resignificada). Además de los intereses en juego, este empoderamiento del delincuente invierte el orden simbólico y, en un mecanismo de admiración inconsciente, celebra al victimario, quien es, al fin de cuentas, el ganador que "pudo" con la víctima, mientras que la víctima es el fracasado. Porque es mejor identificarse con el triunfador, quien se animó a hacer -y triunfó en su "ejecución" (¡otra paradoja!) de un acto que, según parece, anida como deseo en el inconsciente de muchos.
Los ideales que sustentan la laxitud normativa -rebajados a una presunta rehabilitación del convicto- son desmentidos por el alto porcentaje de reincidencias. Por supuesto, si por "rehabilitación" se entiende "resocialización", esto es, la oportunidad de volver a vivir en el seno de la sociedad y de continuar delinquiendo, esa asimilación semántica implicaría que la "resocialización" y el vivir del delito no serían mutuamente excluyentes, lo que se da de hecho en las políticas vigentes de excarcelación de delincuentes.
Fundándose en una teoría agnóstica del castigo que parte de la premisa de la ineficacia punitiva, en particular, de la pena privativa de libertad, se alega que la excarcelación es una de las vías propiciadas para descomprimir las lamentables condiciones de la realidad penitenciaria. Pero es una inconsecuencia lógica argumentar que porque las penas no disuaden del delito, deberíamos eliminarlas (porque las penas alternativas son un eufemismo, no son penas).
Esta inconsecuencia descarta otra posibilidad: mejorar el sistema carcelario y, fundamentalmente, en los casos de delitos en contra de la vida o de la integridad de las personas, imponer penas proporcionales a ese delito. El experto canadiense en seguridad Irvin Waller, en una nota publicada en LA NACION, señalaba que "en Bogotá se logró reducir fuertemente la tasa de homicidios en un plan que fue mantenido por tres alcaldes. Primero es necesario el diagnóstico. Y ése no es un tema de la policía porque se necesita una planificación general del Estado para dar respuestas efectivas. Allí se focalizó, al principio, en el control de las armas de fuego, el acceso al alcohol y las condiciones de vida en los barrios de mayor violencia, además de luchar fuertemente contra los crímenes de venganzas de sicarios y proteger a las víctimas de delitos. Los resultados muestran que el éxito es posible". Sin una férrea voluntad política de luchar contra el crimen cotidiano y una transformación de las causas sociales que lo cobijan es imposible recuperar el tejido comunitario. Ese es el desafío que nos espera como sociedad.
Quienes persisten en seguir modelos noruegos o finlandeses, sin embargo, descartan una segunda dimensión del castigo, la retributiva. En las páginas de Sobre la justificación moral del castigo , Eduardo Rabossi declaraba que mientras quienes defienden el poder de disuasión de la pena afirman que se castiga para disuadir al delincuente o a otros de continuar delinquiendo, en cambio, quienes defienden la tesis retribucionista sostienen que el castigo en general se justifica porque el ofensor cometió un delito. El castigo es entonces el resultado de aplicar una norma en la que se estipula una pena para cierta clase de actos, y aplica dicho castigo a un caso particular. Pero allí se hace una distinción entre el legislador y el juez. Si se toma en cuenta la ley penal, "cuando el legislador establece que determinado tipo de acciones deben ser penadas con tal o cual castigo, mira hacia el futuro y si tiene presente hechos pasados, sólo es como motivación de su proceder". En cambio, concluye Rabossi, cuando el juez aplica una sanción mira hacia el pasado, porque "lo que le interesa es determinar la culpabilidad efectiva del supuesto ofensor", y si mira hacia el futuro, por ejemplo al efecto reformador que pueda tener la pena, "sólo es como algo derivado de su culpabilidad". En lugar de sacrificar uno de los dos criterios sancionatorios clásicos, ambos se reconcilian en el justo castigo.
De la Justicia pública siempre se esperó, cuando menos, que el mal cometido nunca llegara a ser conmutado. Jamás se espera que repare aquel mal intrínsecamente irreparable (el homicidio o la violación no son condiciones que puedan remediarse), ni tampoco se espera que cometa un nuevo mal (tal como sería la tortura).
Sin embargo, la Justicia pública desprecia la lógica retributiva que gobierna todas las otras actividades humanas: la retribución se ejerce tanto en la economía basada en la noción de intercambio como en la política fraguada en las lealtades y hasta en el intercambio cotidiano de regalos o favores. Pero suele ser descartada en la ejecución de la pena cuando se exonera al victimario de su cumplimento. Demonizando cualquier atisbo de un presunto "afán vindicativo", se contradice esa lógica inherente a la condición humana, conmutando la pena y, en el mismo gesto, burlando la buena fe de las víctimas sobrevivientes que han renunciado a devolver personalmente un mal con otro mal.
Cuando el Estado expropia la venganza, se compromete a sustituir su función primordial. Si ese compromiso no se cumple, el Estado es un Leviatán que destruye los lazos comunitarios una y otra vez desgarrados por el dolor de una impunidad que, en el mejor de los casos, nutre el sentimiento de impotencia, y en el peor, el horror del resentimiento. Ese mismo Estado omnipresente en la persecución de los ciudadanos es ejecutor, por omisión, de esas miles de vidas expropiadas por un sistema inerme que no cuidó de lo más valioso y, frente al dolor de lo irreparable, responde con la negación, el silencio y el olvido.
El filósofo Paul Ricoeur señalaba una rigurosa sucesión de conexiones: donde hay normas sociales, decía, "hay posibilidad de infracción; donde hay infracción existe lo punible, ya que el castigo tiende a restaurar la ley al negar simbólica y efectivamente el daño cometido en detrimento del otro, la víctima. Si el perdón fuera posible a este nivel, consistiría en levantar la sanción punitiva, en no castigar allí donde se puede y se debe castigar. Esto es imposible directamente, pues el perdón crea impunidad". Donde no hay castigo, no hay orden simbólico y donde no hay orden simbólico, no hay justicia.
Como una impostora, se instaura una injusticia alentada por los mismos que nos prometieron otra historia. Esa historia que hoy se inscribe en el borramiento del mal cometido, en la exaltación de la transgresión, en el aniquilamiento de los valores más elementales, en un vaciamiento del entramado simbólico que sostiene el entramado social.

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